Nota enviada al Circulo desde Auditoria Odontologica de OSEP

AUDITORIA ODONTOLOGICA OSEP

COMISION DIRECTIVA C.O.C

PRESENTE

Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, esta vez con un reclamo

referido al cobro de plus y/o cobro de adicionales por parte de nuestros colegas prestadores.

Antes que nada debemos recordar el último convenio firmado entre el Círculo y la OSEP, que en sus párrafos versa:

FALTAS:

“sustituir firmas del receptor del servicio o -en caso de imposibilidad o impedimento del beneficiario- omitir los recaudos exigidos por la presente reglamentación”

“incumplir la realización de actos y/o diligencias requeridas por las normas vigentes o resoluciones de “LA O.S.E.P.”

“liquidar visitas sin examen del paciente, o por simple repetición de recetas”

“facturar sin respetar los aranceles autorizados por “LA O.S.E.P.”

“cobrar al afiliado “plus”, honorarios diferenciados, u otro tipo de adicional no autorizado”

“facturar servicios que no hayan sido prestados”

“hacer suscribir al afiliado mayor número de prestaciones a las realmente realizadas”

“la comisión en forma reiterada de faltas leves”

 

REGIMEN SANCIONATORIO

I- “LA O.S.E.P.” ejercerá el PODER SANCIONATORIO conferido por el Art. 21° de la Ley N° 3.509, mediante la aplicación de las sanciones que a continuación se detallan:

Sanciones leves, cometidas por los prestadores:

Llamado de atención; apercibimiento; suspensión contractual con el prestador hasta treinta (30) días, en el caso de la irregularidad prevista en el art. 3 inc. I) se aplicara al profesional un suspensión del pago de sus facturaciones de hasta 90 días, mientras se sustancie el sumario respectivo.

Sanciones a aplicar ante irregularidades graves cometidas por los Prestadores:

suspensión contractual con el prestador por más de treinta (30) días, hasta un plazo máximo de dos

(2) años; exclusión definitiva.

En nuestra labor diaria, mediante técnicas de auditoria directa, venimos detectando un patrón de conducta fuera de lo acordado en citado convenio, observando entre otras:

1-     cobro de plus por prácticas nomencladas en convenio

2-     procedimientos de dudosa moral para cobrar diferencias en el arancel "osep no cubre citado material" "la pasta antibiótica entre sesiones de endodoncia" "el material que entrega osep en las prótesis es malo" "limpieza profunda"

3-     Sobre prestación

4-     Sobrefacturacion

5-     falsificación de firma de afiliado

6-     OSEP no cubre tal práctica "Limpieza con cavitador, exodoncia de retenido.

Nuestra principal tarea como Prestadores de Salud, Auditores es lograr que la odontología que brinda OSEP, sea de excelencia, brindando salud y la mejor prestación posible, dentro del sistema de prestación solidario, lo enumerado anteriormente atenta directamente sobre el sistema de salud odontológico, ya que inclina la balanza haciendo imposible la atención en los sectores económicamente vulnerables.

Es de notar que todas estas irregularidades han ido apareciendo en forma incremental, especificando que en las prácticas nomencladas dentro del CAP III (Endodoncia) es imposible poder hacer una recomendación al afiliado ya que al requerimiento no podemos referirlo a ningún colega del que estemos seguros, no cobra Plus, incluido el COC, ya que seguidamente proveemos el teléfono donde tampoco le dan respuesta positiva.

Remarcamos enfáticamente que la asiduidad del cobro de plus es tal, que en departamentos como Belén, es imposible la atención del paciente sin cobro de plus.

Es importante hacer notar que la curva de solicitud de plus hace pico en los prestadores de la categoría A

Rogamos a ustedes, como representantes de los odontólogos colegiados, impartan una conducta docente para todos sus afiliados, para evitar de alguna forma que esta grave situación se complique, entendemos que este es un reclamo gremial, el cual debe ser trasladado a la patronal, no a los afiliados de la OSEP.

En auditoria odontológica llevamos registros (ACTAS) de todo lo antes dicho, que están a disposición de la superioridad a fines de que ejerzan el poder sancionatorio que tiene la OSEP por contrato.

Sin más que agregar, rogando que esta nota sea percibida como un llamado de atención a fin de generar una mejor conducta en sus prestadores, los saludamos muy atentamente.